E l RGPD establece un catálogo de novedades en relación con el anterior Reglamento (Real Decreto 1720/2007) y Ley (Ley Orgánica 15/1999) dirigido a dotar las medidas que los responsables, y en ocasiones los encargados, deben aplicar para garantizar que los tratamientos son conformes al citado RGPD, así como que están en condiciones de demostrarlo.
Las principales novedades del RGPD están descritas en estos puntos.
- AMBITO DE APLICACIÓN.
- PRINCIPIOS.
- NUEVAS CATEGORIAS ESPECIALES DE DATOS.
- CONSENTIMIENTO. Y CONSENTIMIENTO DE MENORES.
- DERECHOS DE LAS PERSONAS INTERESADAS.
- DOCUMENTACIÓN DE OPERACIONES DE TRATAMIENTO.
- ENCARGADO DE TRATAMIENTO.
- TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES.
- NOTIFICACIONES DE VIOLACIONES DE SEGURIDAD.
Estas novedades del Reglamento de Protección de Datos se centran en medidas de responsabilidad proactiva y siendo importantes las anteriormente enumeradas, añadimos y nombramos las siguientes:
- Evaluaciones de impacto sobre la protección de datos.
- Nombramiento del Delegado de Protección de Datos.
- Registro de actividades del tratamiento.
- Análisis de riesgo.
- Protección de datos desde el diseño y por defecto.
- Adopción de medidas de seguridad.
- Notificaciones de «violaciones de seguridad de los datos»
Además, el RGPD contempla dos medidas más con la finalidad de contribuir a la correcta aplicación de la norma:
- La adhesión por parte de responsables y encargados de tratamiento a códigos de conducta.
- La creación de mecanismos de certificación y de sellos y marcas de protección de datos.
Para ayudar en el conocimiento de estas Novedades y el Reglamento General de Protección de Datos , puedes consultarnos en la web de ALTAOS, los diferentes medios que hemos publicado, así como utilizar el formulario de contacto.
Otras novedades del RGPD que Influyen en las adecuaciones empresariales.