Adaptación de la empresa a la LODP.

Mediante el Delegado de Protección de Datos ó DPD.

Proteja la Organización. No más RIESGOS.

  • Empresas con gran volumen de datos, especialmente sensibles. Actividades con tratamiento de datos personales de categorías especiales.
  • Actividades de seguridad privadaColegios profesionales. Centros docentes y Universidades. Entidades que explotan redes, comunicaciones electrónicas.
  • Establecimientos financieros de créditoEntidades aseguradoras y reaseguradorasEmpresas de servicios de inversión.
  • Actividades de publicidad y prospección comercialCentros sanitarios.Entidades que emitan informes comerciales Autoridades y organismos públicos 
  • Operaciones que requieran una observancia habitual y sistemática de interesados a gran escalaPrestadores de servicios de la sociedad de la información.

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    (*) obligatorio


    ¿Qué debe hacer su empresa?

    Proteger los derechos de las personas que le facilitan sus datos

    Integrar la protección de datos

    Verificar si necesita un responsable de protección de datos

    Llevar registros

    Anticíparse con evaluaciones de impacto


    El coste del incumplimiento es muy elevado

    El artículo 83.5 RGPD es bastante intimidatorio :..  multas administrativas de 20 000 000 EUR como máximo o, tratándose de una empresa, de una cuantía equivalente al 4 % como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía:

    ¿Le ayudamos?

    Adptamos el RGPD y la LOPDyGDD.

    Implantamos las medidas de seguridad.

     

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    TELÉFONOS:        656 800 211      609 067 111

    adapta@leydeprotecciondatospersonales.com

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